DIRIGENTES PELEDEISTAS

DIRIGENTES PELEDEISTAS

jueves, 2 de enero de 2014

Los congresos del PLD

Por LUIS FERNANDEZ

El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) se encuentra desde hace algún tiempo organizando el VIII Congreso Comandante Norge Botello. Ha designado la comisión organizadora del mismo, las subcomisiones encargadas de preparar los documentos que servirán de base a los debates y se han realizado asambleas en todo el país y en el exterior, para motivar la participación de toda la organización, en este importante evento partidario.
El PLD es el único partido político dominicano que siguiendo su vocación institucionalista, democrática y de respeto a sus métodos de trabajo, puede exhibir entre sus méritos propios la organización de 8 congresos ordinarios, que fueron los siguientes: 1973 congreso constitutivo Juan Pablo Duarte, I congreso Napier Díaz González 1978,II congreso Nin Diplan 1982, III congreso Jaime Vargas 1986, IV congreso Félix Servio Ducoudray y Miguel Soto 1990, V congreso Enmanuel Espinal 1994, VI congreso Profesor Juan Bosch 2001, VII congreso Rafael Kasse Acta 2005 y ahora el VIII congreso Comandante Norge Botello.
El PLD además ha organizado 10 congresos especiales electores para elegir los candidatos nacionales, provinciales y municipales a presentar en las elecciones nacionales y de medio término y varios plebiscitos para consultar a sus bases sobre temas de interés del partido. Es bueno resaltar que de todos los congresos realizados por el PLD, solo el que correspondía al año 1998, fue pospuesto por decisión plebiscitaria para el año 2000, por coincidir con las elecciones municipales y congresionales y por la integración del partido a la reconstrucción de las áreas desvastadas por el huracán Georges.
Todos estos congresos a parte de fortalecer al partido y su institucionalidad, han jugado un papel importante en la vida de la organización y su desarrollo como fuerza política de primera importancia en República Dominicana. Sin entrar en mayores análisis sobre todos estos congresos, que no es el tema de este trabajo, queremos destacar el V congreso Enmanuel Espinal, donde se otorgó la presidencia ad vitam al presidente y líder Histórico del PLD profesor Juan Bosch y el 6to. Congreso que se bautizó con el nombre de Juan Bosch, donde se aprobaron reformas que transformaron al partido de uno de cuadros a uno de masas.
Otros hechos importantes en la historia política del PLD, lo constituyen la conferencia Salvador Allende celebrada en 1974 y la conferencia Ho chi Minh, la primera tuvo una importancia tal que en ella se aprobó la base teórica de los métodos de trabajo del partido, que consistía en lo siguiente "los métodos de trabajo del partido deben ir de lo particular a lo general para volver de lo general a lo particular", el compañero Juan Bosch lo expresa de esta manera , " aunque la fundación formal del PLD tuvo efecto el 15 de Diciembre de 1973, su fundación real, desde el punto de vista del salto ideológico y orgánico que le siguió, debe contarse a partir de los 2 dias que duró esa conferencia, en la cual se elaboró lo que podemos llamar con toda propiedad la sustancia vital del PLD (El PLD colección estudios sociales págs. 268 y 269).
La conferencia Ho Chi Minh que dio paso al congreso Napier Díaz González, bajo la consigna de "que las bases decidan", fue un importante paso para resolver un problema de contradicciones internas en la dirección del partido que quería tratarse en el comité central y que por propuesta del compañero Juan Bosch y decisión de la conferencia fue llevado a la decisión de las bases del partido, las que de manera mayoritaria apoyaron a su líder histórico el profesor Juan Bosch.
Todos estos datos históricos del PLD son un importante preámbulo para que nos demos cuenta de la importancia de esta fuerza política que ha gobernado el país, en 4 periodos gubernamentales en 20 años, 3 encabezados por el Dr. Leonel Fernández y el presente por el Lic. Danilo Medina actual presidente de la republica.
El PLD como principal fuerza política del país, tiene grandes compromisos con la nación dominicana, por lo que el VIII congreso comandante Norge Botello, debe servir para renovar el partido, modernizarlo, hacerlo más eficiente, unificado y cada vez más comprometido con los intereses del pueblo y con los intereses de América Latina.
Para nadie es un secreto que hay cosas que mejorar en el partido y que tenemos que lograr que la masificación que a partir del año 2001 aprobó el 6to.congreso profesor Juan Bosch , sea evaluada en este VIII congreso , con el fin de hacerla más comprometida con las ideas del partido, es imperdonable que un partido fundado por Juan Bosch, no aproveche este evento para utilizar la evaluación y el análisis , no con el fin de destruir sino con el de mejorar y fortalecer esta llegada de dominicanos que, han contribuido con las 5 victoria electorales del PLD y que creen en el partido y que el mismo puede conducir al país como lo ha hecho a la fecha por mejores senderos de progreso, paz ,desarrollo y equidad social.
En la republica Dominicana el PLD no puede ser un PRD bueno y peor aun parecerse al PRD, el PLD debe trabajar por ser diferente y esforzarse en ello, consciente de que nacimos siendo una negación del PRD y sus formas de hacer política, el ejemplo de Juan Bosch su honestidad, sus enseñanzas y su ejemplo y el trabajo de miles de hombres y mujeres nos permitió crecer y desarrollarnos como Partido, es esa base de formación política la que nos ha permitido avanzar en el terreno político y gobernar el país por 4 periodos.
Al analizar el crecimiento del Partido y sus consecuencias no debemos perder de vista lo señalado por el maestro Juan Bosch, "no caigamos en el error de creer que aquí lo determinante es la cantidad de personas que haya en un partido, pero tampoco caigamos en pensar que lo determinante es un pequeño grupo que se lance a una acción desesperada", (El partido, concepción, organización y desarrollo pag. 36),este planteamiento del líder histórico del partido nos señala el camino a seguir para que hagamos del partido, una organización más comprometida y que sus miembros estén cada vez más conscientes de nuestros principios políticos progresistas.
Este evento partidario no solo debe ser visto como una elección de sus autoridades , en el orden de sus comités de base, comités intermedios, presidentes provinciales y municipales , seccionales ,comité central, comité político etc., esto debe llegar más allá, el presidente del partido el Dr. Leonel Fernández, lo ha expresado de esta manera, “la importancia y el significado de esta actividad no es tan solo en elegir compañeros al comité central o llevar a cabo elecciones, en direcciones municipales, en direcciones provinciales, e intermedios, si lo vemos solamente así, pareceremos estrechos de miras".
Estos señalamientos se corresponden con la historia del partido que Desde el principio definió sus Congresos con las atribuciones de establecer la teoría, revisar los estatutos, fijar sus principios, elegir su dirección nacional, establecer las líneas políticas nacional e internacional y definir su estructura orgánica, es este conjunto de temas que debemos tratar y analizar, de modo que se fortalezcan las estructuras partidarias, sus principios y sus líneas políticas, de modo que los candidatos a los diferentes estamentos del partido, surjan del compromiso con la organización y los intereses del pueblo.
Hemos iniciado el año 40 de la fundación del PLD y ya es tiempo suficiente, para una seria evaluación del comportamiento del partido y el funcionamiento de su estructura interna, la evaluación no es algo extraño al PLD, la misma forma parte del cuerpo peledeista desde su nacimiento.
Juan Bosch nos enseño que los métodos de trabajo del partido debían aplicarse en la práctica y que sus resultados debían ser evaluados, de modo tal que se pudieran corregir errores y enriquecer los mismos y eso es lo que precisamente debe hacer este congreso, evaluar y a la luz de las experiencias de estos 40 años de trabajo político, corregir lo que haya que corregir y transformar el partido en un autentico representante de las ideas progresistas y los intereses populares.
Debemos adecuarnos a los tiempos pero siempre recordando que las palabras, esfuerzo concentrado, unificación de criterios, métodos de trabajo y otras más que forman parte de la historia del PLD, dieron muy buenos resultados en la construcción del partido y su posterior desarrollo, es tiempo de cambio y renovación interna, que fortalezcan nuestra unidad, que preserven nuestros principios y valores, que hagan que el partido pueda seguir airoso en las futuras luchas que tenemos por delante y que cada vez más el pueblo dominicano se sienta orgulloso de una organización política que fue creada para lograr su verdadera felicidad y bienestar.
El 8vo. Congreso comandante Norge Botello ha iniciado su andar, esperemos las mejores decisiones para el partido y el país, tal como lo dijera el maestro Juan Bosch, "No pretendamos ser un partido que se divorcie de la realidad dominicana, ni yéndosele por delante a esa realidad ni quedándose por detrás de ella"

miércoles, 4 de diciembre de 2013

Reglamento disciplinario


I.- De la Disciplina, Objetivos y Principios

ARTICULO 1.- La disciplina partidaria cons
tituye uno de los principios fundamentales del Partido de la Liberación Dominicana y su control queda a cargo del Tribunal Nacional de Disciplina y Etica y de los Tribunales de Disciplina y Ética, cuyo funcionamiento se regula mediante el presente Reglamento.
ARTICULO 2.- El régimen disciplinario del Partido tiene por objeto, asegurar, mediante el cumplimiento de los principios de la organización y de los deberes y obligaciones de sus miembros, la unidad del Partido, el respeto a sus métodos de trabajo y a las decisiones estatutarias y reglamentarias así como a los mandatos otorgados a organismos, órganos, dirigentes y miembros del Partido, como medios para alcanzar sus objetivos estratégicos y tácticos; y, en consecuencia, aplicar las sanciones correspondientes.
ARTICULO 3.- Los órganos disciplinarios del PLD son, de conformidad con los artículos 45 y 46 de sus Estatutos, el Tribunal Nacional de Disciplina y Ética, los Tribunales de Disciplina y Ética de Comités Provinciales, de Comités Municipales o de Distritos Electorales, de Comités Intermedios y de las Seccionales.
 ARTICULO 4.- El Tribunal Nacional de Disciplina y Ética estará integrado por nueve (9) miembros del Comité Central, pudiendo sesionar válidamente con cinco (5) de ellos. Sus integrantes serán designados cada cuatro (4) años por el Comité Central, el que señalará, al nombrarlos, quien lo presidirá y designará un Secretario.
 ARTICULO 5.- Los Tribunales de Disciplina y Ética estarán integrados por miembros designados para periodos de dos (2) años, por el Tribunal Nacional de Disciplina y Ética, a propuesta del organismo político de dirección de la jurisdicción correspondiente, del modo siguiente:
 a) Los Tribunales de Disciplina y Ética de los Comités Provinciales, por cinco (5) miembros, pudiendo sesionar válidamente con tres (3) de ellos.
 b) Los Tribunales de Disciplina y Ética de los Comités Municipales o de Distritos Electorales por cinco (5) miembros, pudiendo sesionar válidamente con tres (3) de ellos.
 c) Los Tribunales de Disciplina y Ética de los Comités Intermedios por tres (3) miembros.
 d) Los Tribunales de Disciplina y Ética de las Seccionales por cinco (5) miembros, pudiendo sesionar válidamente con tres (3) de ellos. En cada Comité Intermedio de las Seccionales funcionará un tribunal conforme al literal c) de este artículo.
 ARTICULO 6.- El Tribunal Nacional de Disciplina y Ética será competente para conocer de las acusaciones formuladas contra miembros del Comité Central, así como contra legisladores, síndicos y regidores que representen al Partido, y funcionarios del Poder Ejecutivo miembros del Partido, tales como Secretarios y Sub-Secretarios de Estado y Directores Generales de organismos públicos o autónomos del Estado.
 ARTICULO 7.- Los tribunales provinciales o de seccionales serán competentes para conocer de las acusaciones formuladas contra los Miembros del Comité Provincial o de la Dirección Seccional, según el caso.
 ARTÍCULO 8.- Los tribunales Municipales o de Distritos Electorales serán competentes para conocer de las acusaciones con respecto de los Miembros del Comité Municipal.
 ARTÍCULO 9.- Los tribunales correspondientes a los Comités Intermedios conocerán de las faltas imputadas a sus miembros, con excepción de los Presidentes de Comités Intermedios que serán juzgados por los Comités Municipales o de Distritos Electorales.
 II.- De las Faltas Disciplinarias
 ARTICULO 10.- Constituye falta disciplinaria el incumplimiento de los principios del Partido, de normas estatutarias y reglamentarias y de los deberes y obligaciones de sus miembros.
 ARTICULO 10.- Las faltas se clasifican en:
 a) Faltas leves, que son aquellas que no causan perjuicios materiales, morales ni políticos al Partido.
 b) Faltas graves, son aquellas que, sin que necesariamente sean intencionales, causen algún daño político moral o material al Partido o a sus miembros.
 c) Faltas muy graves, son aquellas cometidas de manera intencional, que causen daños graves al Partido, sean estos a sus bienes materiales, como a su integridad, unidad o imagen pública.
 ARTICULO 11.- Independientemente de cualquier otra acción que pudiera caracterizarse como tal, se reputarán faltas muy graves, que serán sancionadas con la expulsión del Partido:
 a) La traición al Partido;
 b) La sustracción o distracción de fondos o bienes del Partido;
 c) El incumplimiento o desconocimiento intencional de las líneas y mandatos adoptados por el Partido para  ser cumplidas por sus representantes en los organismos legislativos y municipales.
 III.- De las Sanciones Disciplinarias
 ARTICULO 12.- Las sanciones que pueden imponer los órganos disciplinarios son:
 a) La amonestación;
 b) La suspensión de los derechos como miembro por un periodo determinado;
 c) La separación temporal del Partido; y
 d) La expulsión
 PARRAFO: La amonestación y la suspensión podrán ser aplicadas tanto en las faltas leves como en las faltas graves. La separación del Partido se aplicará en caso de faltas graves o muy graves y la expulsión en los casos de faltas muy graves.
 ARTICULO 13.- La amonestación podrá ser verbal o escrita. Además podrá ser aplicada en el seno del organismo del miembro sancionado, conforme la decisión que la establezca.
 ARTICULO 14.- La amonestación escrita podrá ser mediante comunicación enviada al sancionado y anotada en sus archivos o registros. También podrá ser comunicada a los demás miembros del organismo a que corresponda el autor de la falta.
 PARRAFO: En caso de falta grave y cuando la sanción aplicable sea la amonestación, la decisión podrá disponer su publicación en Vanguardia del Pueblo u otro medio especificado en la propia decisión.
 ARTICULO 15.- La suspensión podrá ser de tres meses como mínimo y de un año como máximo.
 ARTICULO 16.- La separación temporal del Partido consistirá en privar al sancionado de la condición de  miembro por un periodo que no podrá ser mayor de tres (3) años y que se establecerá en la decisión.
 ARTICULO 17.- La expulsión consiste en privar al sancionado de la condición de miembro de modo  definitivo. La expulsión deshonrosa constituye una sanción agravada.
 ARTICULO 18.- El nivel jerárquico constituye una circunstancia a ser tenida en cuenta para la aplicación de cualquiera de las sanciones previstas por el presente Reglamento, de modo que a mayor nivel jerárquico corresponde una mayor responsabilidad por la falta cometida.
 IV.- Del Procedimiento Disciplinario
 ARTICULO 19.- Las acciones por la comisión de faltas disciplinarias podrán ser iniciadas a solicitud de cualquier miembro u organismo del Partido que presentará su queja ante el Presidente del Tribunal Disciplinario competente. La queja o denuncia se formulará por escrito o se hará constar en acta levantada al efecto por el Presidente del Tribunal y firmada por el denunciante. El sometimiento lo podrá hacer cualquier compañero del PLD sin distinguir que milite o no en el mismo organismo en donde milite el compañero objeto de la acusación.
 PARRAFO: Cuando se trate de denuncias contra miembros del Comité Central, la misma se transmitirá por ante el Secretario General, o ante el Comité Político, por escrito y acompañada de las pruebas documentales y la identificación de los testigos si los hubiere, con indicación de sus nombres y de los organismos en que militen. El Secretario General de Partido, previo informe del Comité Político, apoderará al Tribunal Nacional de Disciplina y Ética.
 ARTICULO 20.- Las acciones disciplinarias deberán ejercerse a pena de caducidad, dentro de los seis meses de haber sido cometidas las faltas que las fundamenten, cuando éstas se produzcan en ocasión de las actividades partidarias del o (la) compañero (a) y por tanto conocidas internamente en el organismo ú órgano en que se milite. En el caso de que las faltas disciplinarias se hayan cometido fuera de las actividades de los organismos y órganos del partido y que no hayan trascendido en los medios de comunicación del país, el plazo de seis meses se contará a partir de la fecha en que se tenga conocimiento de las mismas en la organización.
 ARTICULO 21.- El Presidente de cada tribunal disciplinario, según su competencia, al recibir una queja o denuncia, comisionará a un miembro de la misma jurisdicción para que proceda a su examen y evaluación. El miembro comisionado podrá proceder al interrogatorio del autor de la denuncia, al implicado y a cualquier otra persona cuya audición pueda resultar útil.
 ARTICULO 22.- En un plazo no mayor de cinco (5) días laborables a contar de su designación, el miembro comisionado, deberá someter al pleno del tribunal sus recomendaciones, sobre si debe procederse al conocimiento del fondo del asunto por dicho pleno. Podrá recomendar también la inadmisión de la denuncia, el archivo del asunto por falta de mérito o la puesta en ejecución de algunos de los modos alternativos de solución de conflictos que haya adoptado el Partido de modo reglamentario.
 ARTICULO 23.- El Presidente del tribunal, al recibir las recomendaciones del miembro comisionado, lo someterá de inmediato al pleno, quien decidirá sobre tales recomendaciones. En caso de acoger la propuesta de conocimiento del fondo, fijará una audiencia para un plazo no mayor de diez (10) días, para la cual deberá convocar por escrito al autor de la denuncia, al implicado y a las personas cuya audición se considere útil. En el caso del autor de la denuncia y del implicado, esa convocatoria deberá hacerse con por lo menos cinco (5) días de antelación.
 ARTICULO 24.- Todo miembro del Partido contra el cual se abra un juicio disciplinario, al ser convocado para la audiencia pública deberá hacerlo del conocimiento de su organismo directamente, si éste tiene reunión programada antes del juicio, de lo contrario lo comunicará al Presidente del mismo. El incumplimiento de esta disposición constituye una falta leve.
 ARTICULO 25- El tribunal podrá disponer la suspensión previa del acusado, mientras se desarrolla el juicio, sin que dicha suspensión exceda de tres meses y sin que la misma afecte su derecho a defenderse.
 ARTICULO 26.- El tribunal deberá proceder a la celebración de la audiencia en la fecha prevista, escuchando al denunciante y examinando los medios de prueba sometidos por éste, así como a las personas que hayan sido convocadas a título de informantes. El acusado formulará sus declaraciones y someterá sus medios de defensa y de prueba en último turno.
 ARTICULO 27.- El presidente del tribunal o quien haga sus veces en la audiencia cuidará de que las partes se expresen con claridad, con respeto para los participantes, los integrantes del tribunal y el Partido, y preservará el derecho a la defensa del acusado.
 ARTICULO 28.- Dentro de los diez (10) días que sigan a la ultima audiencia, el tribunal emitirá su decisión con el voto de más de la mitad de los jueces que hayan participado en el conocimiento del caso, la cual le será comunicada por escrito, tanto al denunciante como al acusado.
 V.- De los Recursos Contra las Decisiones Disciplinarias
 ARTICULO 29.- Las decisiones de los Tribunales de Disciplina y Ética serán apelables por ante la jurisdicción inmediatamente superior, dentro del plazo de cinco (5) días a partir de la fecha de su pronunciamiento, si este fuere en presencia del enjuiciado, ó a partir del día en que el fallo fuere notificado.
 PARRAFO: Toda apelación se hará mediante escrito y sucinto, con los medios en que se fundamentase, dirigido al Presidente del tribunal competente para conocer de la apelación, por la vía del Secretario de dicho tribunal, quien dará constancia de su recepción.
 ARTICULO 30.- El Presidente del tribunal de apelación, una vez recibido el escrito contentivo del recurso, fijará audiencia en un plazo no mayor de diez (10) días, debiendo ser convocadas las partes con por lo menos cinco (5) días de antelación.
 ARTICULO 31.- Las apelaciones contra las decisiones de los tribunales correspondientes a los Comités Intermedios serán conocidas por los tribunales municipales o de Distritos Electorales. Las de los tribunales municipales por los tribunales provinciales, y la de éstos por cinco miembros del Tribunal Nacional de Disciplina y Ética designados al efecto por su Presidente.
 ARTICULO 32.- Las decisiones dictadas en grado de apelación por cualquiera de los tribunales no serán susceptibles de recurso alguno, salvo en el caso de revisión cuando el enjuiciado que haya sido objeto de alguna sanción, aporte por escrito prueba de falsedad en la documentación utilizada para su condenación. El Tribunal Nacional de Disciplina y Ética será competente para conocer sobre dicho recurso y resolverá sobre la reapertura del asunto, y en caso de ordenarla, deberá conocer del mismo dentro de los quince (15) días siguientes.
 VI.- Disposiciones Generales
 ARTICULO 33.- Los tribunales creados por este Reglamento deberán continuar los procedimientos disciplinarios que se encuentren pendientes al momento de su entrada en vigencia. Asimismo serán apoderados de todas aquellas faltas que no hayan caducado de conformidad con el artículo 19 de este Reglamento.
 ARTICULO 34.- El Tribunal Nacional de Disciplina y Ética está facultado para disponer todo lo relativo a la organización y funcionamiento de los tribunales disciplinarios, para lo cual podrá dictar resoluciones, instrucciones y órdenes de carácter general, que no colidan con los Estatutos del Partido ni con el presente Reglamento.
 ARTICULO 34.- El presente Reglamento entrará en vigencia treinta (30) días después de su aprobación, dentro de cuyo plazo se deberá publicar en el periódico Vanguardia del Pueblo.
 DADO en el Distrito Nacional, República Dominicana, a los diez (10) días del mes de julio del año dos mil dos (2002).

sábado, 30 de noviembre de 2013

LOS IDEALES DE BOSCH CON EL PLD

Escrito por Juan Bosch

"El PLD tendrá o deberá tener las características ideológicas y programáticas de un partido de liberación nacional. Eso quiere decir que el PLD será lo que debió ser y no pudo ser el PRD".
"Un partido no es lo que sean sus masas sino lo que sean sus dirigentes, y digo esto en sentido ideológico. Los dirigentes del PRD, exceptuando desde luego los que han pasado al PLD y alguno que otro confundido que se haya quedado en el PRD, dejaron hace tiempo de pensar en la liberación nacional y se dedicaron a pensar en las posiciones públicas que pueden conquistar dentro de las estructuras del gobierno; pues no hay que olvidar que un alto cargo en un partido importante puede tener tanta categoría y rendir tantas satisfacciones como un puesto de secretario de Estado o embajador o diputado".

Dad al César

Jesús manda a su pueblo a someterse a la obediencia

Mateo 22, 15-21

Entonces los fariseos se fueron y celebraron consejo sobre la forma de sorprenderle en alguna palabra. Y le envían sus discípulos, junto con los herodianos, a decirle: "Maestro, sabemos que eres veraz y que enseñas el camino de Dios con franqueza y que no te importa por nadie, porque no miras la condición de las personas. Dinos, pues, qué te parece, ¿es lícito pagar tributo al César o no?" Mas Jesús, conociendo su malicia, dijo: "Hipócritas, ¿por qué me tentáis? Mostradme la moneda del tributo." Ellos le presentaron un denario. Y les dice: "¿De quién es esta imagen y la inscripción? "Dícenle : "Del César." Entonces les dice: "Pues lo del César devolvédselo al César, y lo de Dios a Dios."

Reflexión

1. El Evangelio nos exhorta a tomar en serio no sólo nuestras obligaciones de cristianos, sino también nuestras tareas de ciudadanos, nuestros deberes políticos: “Dad al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios.”
2. El episodio comienza con una pregunta aparentemente ingenua: “¿Se debe pagar el impuesto al César o no?”
Pero Jesús, enseguida, se da cuenta de la trampa que los fariseos le quieren tender. Afirmar o negar el pago reclamado por los romanos, es igualmente peligroso para Él. Un NO de Jesús le hace agitador de la rebelión y enemigo del César. Un SÍ implica aceptar la ocupación romana y negar el ansia judía de liberación.
ero Jesús se eleva por encima de la situación momentánea, y da una respuesta para todos los conflictos ulteriores. Él invita a cumplir la justicia, la que consiste en dar a cada uno lo suyo. Dios tiene sus derechos y el César tiene los suyos.
3. “Dad al César lo que es del César.” 
Los políticos y toda autoridad estatal son instrumentos de Dios para la realización de sus designios, aunque no lo sepan o quizás no lo quieran.

viernes, 29 de noviembre de 2013

Himno del Partido de la Liberacion Dominicana (PLD)

Letras: Arq. Eduardo Selman

Liberación, Liberación, Liberación,

Todo el pueblo a cantar
El glorioso himno triunfal
Es la voz de la justicia
Es la voz de la verdad.
Ven hermano, vamos ya
Que la patria nos llamo
Completemos esta obra
La que Duarte comenzó.
Todo el pueblo a trabajar
Y a hacer grande la nación
Despertemos la conciencia
De nuestra liberación.
Vengan hijos de Quisqueya
Vengan todos por igual
Que el Partido de la estrella
Será el que nos guiará.
Emprendamos la tarea
Con amor y dignidad
Levantemos la bandera
De la nacionalidad.
Todo el pueblo a trabajar
Con orgullo y por la paz
Despertemos la conciencia
La dominicanidad.
El Partido de la estrella
Será el que nos guiará
Liberación, Liberación., Liberación.
Escuchar aquí: http://www.youtube.com/watch?v=73cjHPrWP5o

Publicación Periódico Nuevo Diario

Surge nuevo movimiento  político en el PLD
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Cientos de peledeistas se unieron para dar apertura oficial al Movimiento Renovación, comandado por Radhames de los Santos, quien es actualmente  subdirector de la OTTT y miembro del Comité Central del PLD.
“El movimiento Renovación surge con el propósito de formar y promover nuevos líderes,  basados en el derecho que le asiste a cada miembro de ver concretadas sus aspiraciones, y de este modo continuar con el avance y crecimiento de nuestro partido” Expresó de los Santos al momento de su discurso.
Señaló a Danilo Medina como producto de un proceso de renovación, en el que se demostró que era posible vencer la creencia de que solo podía existir un líder dentro del partido, por lo que entiende le hace bien al país tener nuevos rebaños en los diferentes extractos sociales.
El funcionario manifestó sentirse satisfecho con la labor que desarrolla el presidente Medina y está convencido de que el país está bien encaminado hacia el progreso, sin embargo, considera necesario  mantener una constante renovación tanto dentro de la organización como en la dirección del Estado.
El acto contó con un opening musical a cargo del pianista  Sandy Valdez y los cantantes María Pérez y Carlos Manuel Matos, quienes interpretaron la canción “Puedes Llegar” popularizada por Gloria Estefan.
La comunicadora Cinthya Montero junto a Juan Hilton Mota parte de la directiva del movimiento dieron una breve reseña sobre la visión, misión y objetivo del mismo. Seguido de esto,  La actriz de teatro Luz Bautista realizó una lectura comprensiva sobre “La Mancha Indeleble” cuento escrito por el profesor Juan Bosch en el exilio (1960).
La parte musical estuvo a cargo de  Rafelín Hernández, Flor Marie y  Belkis Concepción junto a sus nuevas chicas.
El evento se llevó a cabo el pasado domingo 24, a las 6 de la tarde, en un prestigioso hotel de esta capital.

lunes, 18 de noviembre de 2013

Palabras de Nuestro Presidente

“Hemos reafirmado nuestra vocación de ser un gobierno de unidad, defensor de la democracia y que trabaja para todos por igual”.
“Quiero que me escuchen bien: El oro que subyace en el suelo de la patria de Duarte, Sánchez, Mella y Luperón, es del pueblo dominicano”.
“Los que me conocen bien saben que yo prefiero hablar con hechos, más que con palabras. Y así es como quiero hacerle llegar a la gente mi sincero compromiso con el mandato presidencial que me otorgaron”.
“Así, con acciones y predicando con el ejemplo, hemos mostrado nuestra voluntad de liderar un gobierno responsable, coherente y comprometido con el comportamiento ético y el respeto a la ley”.
“Hemos establecido también un rumbo claro y una voluntad férrea de cumplir con lo escrito en nuestro programa de gobierno.  Estamos probando, con los hechos, que las políticas económicas y sociales pueden y deben caminar de la mano y en armonía. Les dije muchas veces que la mejor política económica es el combate a la pobreza. Que la protección social no está reñida con la eficiencia y la responsabilidad fiscal. Y estamos dando muestra de que es posible encontrar ese equilibrio”.